La Coctelera

forestman

15 Diciembre 2007

Los Vigilantes de Cotos Privados de Caza de Castilla-La Mancha

Os dejo este post en contestación a los numerosos correos electrónicos que me habéis enviado preguntándome sobre los Vigilantes de Coto Privado de Caza.

Son diversas las comunidades autónomas que por ley, orden o decreto han decidido crear esta figura, tal es el caso de La Rioja, Andalucía o Castilla-La Mancha. Esta decisión, es sin duda, una manera más de marear la perdiz, ya que existe una figura a nivel nacional capaz de responder a la necesidad de dotar a los cotos privados de caza de un servicio de vigilancia, los guardas particulares de campo, en la especialidad Guarda de Caza.

La Ley 2/1993, de Caza de Castilla-La Mancha, en su artículo 82.1 establece la obligación de los titulares de cotos privados de caza de disponer de un servicio de vigilancia para el coto, que puede ser individual o compartido, propio o prestado por empresas, de este modo los titulares de cotos de caza, pueden por tanto, optar por un servicio de vigilancia propio, individual o compartido.

Con el objeto de responder a la necesidad de dotar a los cotos privados de caza de un servicio de vigilancia adaptado a las necesidades reales que exige hoy la adecuada gestión cinegética, se creó en 1999 la figura del vigilante de coto privado de caza que tiene como misión asesorar y colaborar en la gestión de los recursos cinegéticos. Esta figura, que está contemplada en la Ley Regional de Caza, no debe confundirse con la del guarda particular del campo, prevista en la Ley Nacional de Seguridad Privada y cuya función es la de vigilancia y defensa de la propiedad.

Funciones y ámbito de actuación

El vigilante de coto privado de caza de Castilla-La Mancha, tiene como funciones concretas:

•  Vigilar y controlar las poblaciones de las especies cinegéticas.

•  Colaborar en la correcta aplicación del plan técnico de caza aprobado para el coto en el que preste sus servicios.

•  Controlar las especies que puedan ser perjudiciales para la agricultura y la ganadería.

•  Controlar las especies predadoras.

•  Colaborar en la elaboración del censo cinegético.

•  Poner en conocimiento de los agentes de la autoridad los hechos que supongan una posible infracción de la Ley regional de Caza.

El ámbito de actuación de los vigilantes está restringido al coto o cotos para los que presta su servicio. Cuando el servicio de vigilancia sea compartido entre cotos de distinta titularidad se requerirá un vigilante en plena dedicación para cada 10.000 hectáreas de superficie acotada; entre 10.000 y 20.000 hectáreas el equivalente a dos vigilantes; entre 20.000 y 30.000 hectáreas el equivalente a tres vigilantes, y así sucesivamente.

Al comienzo de su actividad, los Vigilantes de Coto Privado de Caza y los titulares del coto o cotos donde prestaren sus servicios, deberán comunicarlo a la Delegación Provincial donde hubieran obtenido su cualificación, al Ayuntamiento del término municipal donde se encuentre la mayor superficie del coto, y al puesto de la Guardia Civil que corresponda. Finalizado el tiempo de prestación del servicio, igualmente lo comunicarán en un plazo no superior a diez días.

Durante el desempeño de sus funciones, los Vigilantes de Coto Privado de Caza, portarán el documento acreditativo de su condición y los de la prestación de sus servicios en el coto o cotos para los que lo hiciera.

Distintivo acreditativo de los Vigilantes de Cotos Privados de Caza de Castilla-La Mancha

Ostentarán el distintivo acreditativo de su identidad colocado en el lado izquierdo a la altura del pecho de la prenda exterior, que se mostrará permanentemente.

Requisitos para ser vigilante de coto privado de caza en Castilla-La Mancha

Para acceder a la cualificación de vigilante de coto privado es obligatorio el cumplimiento de los siguientes requisitos:

- Ser mayor de edad.

- No haber sido condenado por sentencia judicial firme por la comisión de algún delito de los previstos en los Capítulos III, IV y V del Título XVI, Libro II del Código Penal, salvo cancelación de antecedentes delictivos, ni haber sido sancionado por resolución administrativa firme por infracciones graves o muy graves a la legislación medioambiental o cinegética.

- No estar inhabilitado o incurso en causa de inhabilitación para el desempeño de empleo o cargo público o el ejercicio de la profesión u oficio.

- Tener capacidad psicofísica suficiente para el desempeño de sus funciones.

- Haber superado las pruebas de conocimientos específicos en materia cinegética, convocadas al efecto por la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Pruebas de conocimientos para acceder a la cualificación de vigilante de coto privado de caza en Castilla-La Mancha

Exime la obligación de superar las pruebas de conocimientos para acceder a la cualificación de vigilante de coto privado de caza de Castilla-La Mancha:

- La acreditación documental de estar en posesión del diploma de Guarda Particular de Campo.

- La acreditación documental, a través de certificados expedidos por la Administración competente en Castilla-La Mancha, de haber desempeñado sin interrupción durante los tres últimos años o de forma discontinua durante cinco años en el período comprendido entre el 4 de agosto de 1993 y el 16 de Julio de 1999, las funciones atribuidas a los Vigilantes de Caza, en reservas de caza, cotos de caza y zonas de caza controlada.

Las pruebas versaran sobre las siguientes materias:

1.- Especies cazables en Castilla-La Mancha:

1.1.- Definición y clasificación. Reconocimiento e identificación.

2.- Sanidad de la caza:

2.1.- Notificación de enfermedades.

2.2.- Adopción de medidas de emergencia.

2.3.- Inspección de los productos cinegéticos.

3.-Medidas de protección de las poblaciones cinegéticas:

3.1.- Prohibiciones de carácter general.

3.2.- Excepciones.

3.3.- Caza de aves acuáticas y especies migradoras.

3.4.- Moratorias y prohibiciones especiales.

4.- Censo de especies cinegéticas:

4.1.- Definición de censo.

4.2.- Formas de realización más comunes.

5.- Especies protegidas relacionadas con la actividad cinegética:

5.1.- Concepto de especie protegida.

5.2.- Reconocimiento de las especies protegidas relacionadas con la actividad cinegética.

5.3.- Interacción de la actividad cinegética con las especies amenazadas.

6.- Requisitos para cazar en Castilla-La Mancha:

6.1.- Documentación necesaria.

6.2.- Licencia de caza. Contenido. Validez. Expedición.

7.- Medios de caza:

7.1.- Tenencia y uso de medios de caza.

7.2.- Utilización y control de perros.

7.3.- Medios prohibidos con carácter general.

7.4.- Tenencia de hurones y aves de cetrería.

7.5.- Autorizaciones excepcionales. Condiciones de utilización de los medios autorizados.

8.- Modalidades de caza:

8.1.- De caza mayor.

8.2.- De caza menor.

8.3.- Requisitos para la práctica de las modalidades de caza.

9.- Clasificación de terrenos:

9.1.- Terrenos no cinegéticos. Concepto.

9.2.- Terrenos cinegéticos. Concepto.

9.3.- Terrenos cinegéticos de aprovechamiento común. Definición y ejercicio de la caza.

9.4.- Terrenos sometidos a régimen cinegético especial. Definición.

9.5.- Señalización de terrenos sometidos a régimen cinegético especial.

9.6.- Titularidad cinegética.

10.- Zonas de seguridad:

10.1.- Definición y clasificación.

10.2.- Límites.

10.3.- Señalización.

10.4.- Uso de armas de caza.

11.- Cotos privados de caza:

11.1.- Declaración.

11.2.- Superficies mínimas.

11.3.- Derechos de caza y obligaciones del titular.

11.4.- Causas de suspensión de la actividad cinegética y anulación de la condición de acotado.

11.5.- Cotos intensivos de caza. Concepto. Especies susceptibles de aprovechamiento intensivo.

11.6.- Terrenos enclavados.

12.- Plan Técnico de Caza:

12.1.- Concepto.

12.2.- Aplicación y desarrollo.

12.3.- Vigencia y revisión.

12.4.- Anulación.

13.- Orden de vedas:

13.1.- Concepto.

13.2.- Períodos hábiles de caza que se establecen con carácter general.

14.- Protección de cultivos:

14.1.- Limitaciones a la caza.

14.2.- Autorizaciones extraordinarias.

15.- Vigilancia de la actividad cinegética:

15.1.- Atribuciones generales.

15.2.- Vigilancia privada.

15.3.- Práctica de la caza por el servicio de vigilancia.

16.- Infracciones y sanciones:

16.1.- Infracciones muy graves. Sanciones.

16.2.- Infracciones graves. Sanciones.

16.3.- Infracciones leves. Sanciones.

17.- Disposiciones legales que regulan el ejercicio de la caza en Castilla-La Mancha.

Las pruebas son convocadas anualmente mediante resolución de la Dirección General de Medio Natural, que se publicará en enero de cada año en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las pruebas se llevarán a cabo el primer día laborable de los meses de marzo, junio, octubre y diciembre de cada año. La lista de aprobados se publica en el tablón de anuncios de las delegaciones provinciales de la Consejería de Medio Ambiente.

Obtención de la cualificación de Vigilante de Coto Privado de Caza de Castilla-La Mancha

La cualificación de Vigilante de Coto Privado de Caza se solicita en las delegaciones provinciales de la Consejería de Medio Ambiente y se expedirá en formato carné (10 x 6 cm ) por el Delegado Provincial de esta Consejería de la provincia donde el interesado presente su solicitud, que irá acompañada de los siguientes documentos:

Carné de Vigilante de Coto Privado de Caza de Castilla-La Mancha - Anverso

Carné de Vigilante de Coto Privado de Caza de Castilla-La Mancha - Reverso

•  Solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Agricultura y Medio Ambiente de la provincia donde el interesado presenta su solicitud.

•  Fotocopia y original para su compulsa del DNI.

•  Declaración jurada del interesado de cumplir los requisitos para desempeñar este cargo.

•  Informe médico de aptitudes psicofísicas, con fotografía, para la obtención o renovación de licencias, permisos y tarjetas de armas.

•  Una fotografía tamaño carné.

•  Las personas exentas de realizar las pruebas de conocimientos específicos aportarán fotocopia y original para su compulsa, del diploma de Guarda Particular de Campo o certificados expedidos por la Administración competente en Castilla-La Mancha, de haber desempeñado sin interrupción durante los tres últimos años o de forma discontinua durante cinco años en el período comprendido entre el 4 de agosto de 1993 y el 16 de Julio de 1999, las funciones atribuidas a los Vigilantes de Caza, en reservas de caza, cotos de caza y zonas de caza controlada.

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67 comentarios · Escribe aquí tu comentario

juan carlos

juan carlos dijo

me gustaria saber donde puedo conseguir el temario para lo de vigilante de coto privado muchas graciaspueden contestar al email eljabalijuanito@hotmail.com o al telefono 650630601 muchas gracias

7 Febrero 2008 | 01:41 PM

juan carlos

juan carlos dijo

hola forestam mew podias decir donde puedo sacar el temario para lo de vigilante de coto privado gracias

11 Febrero 2008 | 07:35 PM

Jaime

Jaime dijo

Hola, estoy interesado en el tema de vigilancia de cotos privados de caza
y me gustaria que me faciliten alguna direccion para una informacion completa. lugar de formacion ,cursos,fechas ,academias o empresas especializadas...etc.
Vivo en Albacete .GRACIAS

12 Febrero 2008 | 08:10 PM

María

María dijo

Hola! soy una chica interesada en conseguir el titulo de guarda de cotos privados de caza...pero no se donde se puede obtener una información más detallada del tema..
Me gustaria que me informaras sobre el lugar de formación, los requisitos que debo tener,...y demás cosas.
He estado buscando y casi que no hay información sobre este tema...
Yo soy residente en Albacete.
Muchas gracias.

11 Marzo 2008 | 11:02 AM

JOSE

JOSE dijo

HOLA COMPAÑEROS YA TENGO LA TARJETA DE VIJILANTE DE COTO PRIVADO Y EL CURSO DE GUARDA PARTICULAR DE CAMPO CON LAS ESPECIALIDADES ALGUIEN SABE CUAL ES LA UNIFORMIDAD DELÑ VIGILANTE DE COTO PRIVADO DE CAZA EN CASTILLA LA MANCHA GRACIAS

17 Mayo 2008 | 09:40 PM

forestman

forestman dijo

No hay ropa específica. Durante el desempeño de sus funciones, los Vigilantes de Coto Privado de Caza, portarán el documento acreditativo de su condición y los de la prestación de sus servicios en el coto o cotos para los que lo hiciera.
Eso si, deberan llevar en la ropa el distintivo acreditativo de su identidad como el modelo del anexo V, en el que figurará la siguiente
inscripción:
Vigilante de Coto Privado de Caza
Nº. afiliación:
Nombre del coto
Nº. de matrícula del coto
Será inyectado en plástico sobre soporte de tela de color blanco de 105 mm. de largo por 45 de ancho con las esquinas redondeadas, que llevará la inscripción en tinta azul Pantone 280, y en su margen izquierda el escudo de Castilla-La Mancha, conforme al modelo con las siguientes especificaciones cromáticas: Corona gris Pantone 535; Castillo amarillo Pantone Yellow; Cuartel izquierdo rojo Pantone Warm; Cuartel derecho gris Pantone 535, que colocado en el lado izquierdo a la altura del pecho de la prenda exterior, se mostrará permanentemente.

17 Mayo 2008 | 09:48 PM

marcos

marcos dijo

sabeis lo que hay que estudiar para lo de guarda

25 Agosto 2008 | 01:58 PM

david

david dijo

stoy interesado en el carnet de vigilante de caza y queria saber todo lo relacionado para su obtencion,graicas.

23 Octubre 2008 | 03:08 PM

miguel angel infantes diaz

miguel angel infantes diaz dijo

tengo lo de vigilante de coto de caza como este carnet que yo tengo no me le pueden combalidar por lo de guarda de caza

4 Noviembre 2008 | 03:19 PM

forestman

forestman dijo

No, pero a la inversa si

4 Noviembre 2008 | 08:03 PM

jose antonio paz santos

jose antonio paz santos dijo

cuales son las obligaciones de un vigilante pribado de caza y que armas pueden lleva para hacer su trabajo

3 Diciembre 2008 | 02:26 PM

vigilante

vigilante dijo

Una profesion muy bonita y gratificante

18 Diciembre 2008 | 06:02 PM

alberto zarco

alberto zarco dijo

tengo 26 años ysoy un apasionado del mundo de la caza y la naturaleza,titulado por la consejeria de agricultura y medio ambiente de castilla la mancha.estoy buscando un coto en dicha region para poder ejercer como vigilante privado

7 Enero 2009 | 04:14 PM

jose

jose dijo

hola me gustaria saber donde puedo conseguir el temario para vigilante de coto privado,he esta mirando los enlaces pero no se cual es el que me tengo que descargar,agradeceria me pudierais solucionar mi problema,gracias.

20 Enero 2009 | 12:04 PM

Marta

Marta dijo

Hola

Me gustaría saber que diferencia hay entre Guarda de caza y Vigilante de Coto Privado de Caza, lo de vigilante es por examen de la comunidad, pero lo de Guarda no se donde lo puedo hacer.

Si alguien me lo puede aclarar se lo agradecería.
Un saludo

22 Enero 2009 | 09:34 AM

Ruben García

Ruben García dijo

Para acceder a estos concursos de guardas ¿Hay algún tratamiento especial para los que tienen una minusvalía?

Gracias anticipadas

26 Enero 2009 | 04:45 PM

alberto zarco

alberto zarco dijo

estoy buscando un coto para ejercer de vigilante ya que tengo la titulacion de la consejeria de agricuktura

27 Enero 2009 | 12:35 PM

alberto

alberto dijo

marta...el de guarda particular de campo si no me equivoco lo lleva el ministerio del interior.

3 Febrero 2009 | 09:54 AM

Marta

Marta dijo

Muchas gracias!

Es que me gustaría hacer algo relacionado con el medio ambiente, me gusta la caza, no se cual de los 2 será más accesible y cual tiene más salidas.

Un saludo.

3 Febrero 2009 | 12:08 PM

alberto

alberto dijo

ek de vigilante de coto es muy sencillo,pero el de guarda particular de campo tiene mas salidas...aunque tampoco creas marta que sobra.de donde eres marta?

10 Febrero 2009 | 09:13 AM

Marta

Marta dijo

Hola

Muchas gracias por la información

EL sitio para trabajar supongo q lo más facil es Andalucia o Castilla la mancha

Un saludo

10 Febrero 2009 | 12:45 PM

fernando

fernando dijo

Hola,quisiera me facilitaran informacion de donde puedo conseguir el temario para realizar el examen de Vigilante de coto de caza en Toledo,mi mail:fernandoscan@hotmail.com y mi tf:629625814,gracias

26 Febrero 2009 | 01:08 PM

MARIA JESUS DUQUE DUQUE

MARIA JESUS DUQUE DUQUE dijo

Hola, quisiera me facilitaran dónde puedo conseguir el temario para el examen de Vigilante de Coto Privado de Caza en Ciudad Real.
Gracias.
Mi correo mjduque@ono.com

23 Marzo 2009 | 11:24 AM

maria

maria dijo

Hola por favor si alguien podria indicarme donde conseguir el temario para vigilante de coto de caza porque me quiero presentar el 1 de junio y no se donde encontrarlo. Muchas Gracias

mi correo es malvarezherrero_2@hotmail.com

19 Abril 2009 | 01:09 PM

asturiano

asturiano dijo

Dejaros de marear la perdiz con lo de vigilante de coto de caza presentaros a las pruevas que convoca el seprose de la guardia civil y sacaros las habilitaciones de guarda particular de campo lo de vigilante de coto es una figura intrusista creada para proveer a ciertos señores del mundo de la caza principalmente para ahorrarse dinero y sembrar el campo de animales de granja restando al cazador de verdad de esas patirrojas autenticas de las que en una jornada matabas 2 o 3 a duras penas hoy prevalece la cantidad a la calidad la cuestion pegar tiros a cualquier cosa todos los que pertenecemos al mundo del guarderio sabemos que la gestion de un coto de caza el guarderio se lleva un 60 o 70 por ciento del presupuesto del mismo de esta manera tenemos un sueldo digno ahora con esta figura de vigilante de coto baja el trabajo y ademas el sueldo de estos vigilantes es ridiculo ademas de realizar funciones que no les corresponden y son esclusivas del guarda particular de campo animo a todos los que formamos el colectivo del guarderio a denunciar estas irregularidades ante la autoridad competente sindicatos asociaciones etc por cierto ya no hablemos de los que van de guardas por la vida y no son mas que personajes fichados por los cotos para darse una vuelta por el coto ya sea de caza o pesca que tambien los hay

20 Abril 2009 | 03:21 AM

asturiano

asturiano dijo

maria basicamente es la ley de caza de castilla la mancha de todas maneras pronto saldra la convocatoria para guardas particulares de campo y sus especialidades caza pesca guarda pesca maritimo te vas a guzman el bueno para que no te mareen y ayi esta el seprose que te informara de los requisitos y nada a estudiar y preparar las pruebas fisicas son las mismas que para vigilante de seguridad nada suerte y a por todas

20 Abril 2009 | 03:42 AM

Angel  Guarda

Angel Guarda dijo

Hola a todos, soy Guarda Particular de Campo y trabajo como tal, pero no os engañéis con respecto a la figura del Vigilante y a la de Guarda, os explico:
En mi comunidad autónoma coexisten ambas figuras que intentaré definir
- Vigilante de Cotos._ Figura creada por quien sabe quien para quien sabe que, en la mayoría de los casos para dejarnos sin trabajo a los guardas ya que con éste los cotos cubren el expediente administrativo que se les exige. Quizás más del 90% de ellos sólo firmen dicho trámite.
- Guarda.- Figura creada para vigilar cotos de caza y a la que siempre le llueven todos los palos y que por bien que lo quieras hacer "siempre llegas tarde", para conseguir la titulación pasas una serie de pruebas, te gastas un dinero, te exigen una serie de papeleos periódicos, tienes una gran responsabilidad en el coto tanto para bien como para mal, y cuando empiezas a trabajar llega un vigilante y te quita tu trabajo a cambio de no hacer nada.
Perdonad la sinceridad pero ando un poco "quemado" con el tema
Saludos

23 Abril 2009 | 05:42 PM

asturiano

asturiano dijo

Angel no te quemes las cosas se dicen a la cara aun me acuerdo cuando la manifestacion todo eran alagos hacia el guarderio nada mas lejos de la realidad solo se buscaba afan de protagonismo y que se pudiera cazar con plomo el mismo plomo que nos cae encima con estos vigilantes de cotos ahorradores de pasta ademas de que insisto no solo en la caza en la pesca igual o peor que se den una vuelta beltran y cia por cuenca la tan singular guadalajara ayi no tienen guardas de pesca ni de caza tienen al tio la vara que encima se te pone chulo hasta que llamas al seprona entonces sale al paso presidente de asociacion de pescadores que suele tener un bar para que no le jodas el negocio de arcoiris que tiene montao que pena de rios y montes un abrazo angel guarda

24 Abril 2009 | 08:34 PM

asturiano

asturiano dijo

Por si fuera poco ahora empiezan la guerra entre el duque de Soria los aspirantes a continuar el reinado de la dejadez de los colegas de fedguar y demas adderidos al pastel que se dejen de darle vueltas a la tortilla y comiencen a reconocer los errores cometidos que expliquen tanto unos como otros que pasa con tanto coto de caza y pesca sin guarda y que que se pongan a dar soluciones a la gravisima situacion por la que esta pasando el empleo del guarderio a nivel nacional a mi y perdonen la exprexion que cojones me importa que un pantalon de faena cueste mas en un lado que en otro dame trabajo y ya elejire donde me lo compro como me jode los que van con los de la feria y vuelven con los del mercado aqui lo que prima el afan de protagonismo de ciertos señores con respeto a los del salsa rosa de seguir asi con batallas particulares tendremos que dejar paso a vigilantes de coto intrusistas y demas como nos van a respetar las instituciones si no hacemos mas que tirar piedras a nuestro tejao perdonarme pero esto quema a dios

25 Abril 2009 | 03:51 AM

javier del rio

javier del rio dijo

HOLA QISIERA QUE ME AYUDEN CON LA SIGUIENTE PREGUNTA: COMO TAMBIENLA RESPUESTA LO LLAMAN A LA PROHIBICION DE LA CAZA O PEZCA, ES UNA PALABRA DE 6 LETRAS. LA RESPUESTA LES AGRADECERIA QUE ME LO ENVIEN A MI CORREO.

12 Mayo 2009 | 03:01 AM

the abet man

the abet man dijo

Una preguntillo...a un ingeniero agrónomo o de montes le convalidarían esta carnet por el hecho de ser ingenieros?Se supone que todos esos conocimientos los tienen ,no?

5 Agosto 2009 | 11:11 PM

Pablo

Pablo dijo

Asturiano, deja de quejarte y haz algo tu, que nadie va a ir a tu casa allevarte el dinero, por si no lo sabes han convocado el Consejo Nacional del Guarderio de urgencia por que van a cambiar la reglamentacion que nos regula solo en los uniformes, parece que el guarderio quiere que se toquen mas cosas para solucionatr los problemas.

http://www.guarderio.org/noticias/noticia/12-y-13-de-Agosto-CONSE...

Presentate, das tu opinion y empuja como lo hacen los otros, y despues te quejas o criticas, pero despues

un saludo

8 Agosto 2009 | 04:01 PM

Ángel M  Cuenca

Ángel M Cuenca dijo

Mirad, yo tengo lo de Vigilante de Coto y no sirve para nada, es una pérdida de tiempo. Bueno, vale para hacer bulto en la cartera porque es bastante grande.
Un futuro Guarda de Campo Saludos saltamontes!

22 Agosto 2009 | 06:29 PM

SAGRARIO

SAGRARIO dijo

me gustaría saber dónde o cómo conseguir el temario para las pruebas.
gracias

24 Agosto 2009 | 01:29 PM

asturiano

asturiano dijo

pablo no me quejo ni critico pues no hay nada de que quejarse para que se va a una reunion en la que no se tratan temas como el empleo y la situacion de los guardas de campo lo del dinero a mi casa vamos a dejarlo a lo mejor a ti te lo llevan no es mi caso pero si tienes la formula para ello danosla a los demas hay que ponerse de acuerdo con cazadores y pescadores socios etc no con las asociaciones realmente son los que nos dan de comer los que pagan los cotos acciones etc pablo abres el correo y solo ves la guerra entre asociaciones de guardas ahora a cambiar el uniforme no te parece una falta de respeto vastante tenemos con la situacion lamentable que atravesamos como para estar pensando en ir de compras espero que no te sientas ofendido un saludo

8 Septiembre 2009 | 02:48 PM

asturiano

asturiano dijo

ademas pablo dime tu que tanto sabes hacia donde empujo menos opiniones de lo mismo y mas acciones de presion pero tragar es facil sobre todo cuando hay que pagar hipotecas colegios etc los de siempre viven como siempre y los demas son los que se joden hay mucho presidente por accidente y que sepas que estoy al dia de las reuniones del guarderio desde luego las de ropas placas y enfrentamientos entre asociaciones de guardas no me interesan para na las de intrusismo buscar soluciones para buscar empleo a los guardas de campo hacer de esta una profesion unica como guardas de caza pesca y maritimo para que solo podamos ejercer nosotros esas si me interesan espero que estas palabras no te ofendan ni critico ni me quejo solo escribo lo que pienso un saludo compañero

8 Septiembre 2009 | 03:40 PM

alvaro garcia

alvaro garcia dijo

megustaria saber si para ser vijilate hace falta tener el titulo de guarda particular de campo por fabor agradeceria me lo comunicaran en el 620972432 gracias.

20 Septiembre 2009 | 02:54 AM

oscas

oscas dijo

ORDEN de 19 de noviembre de 1998, por la que se regulan las funciones y la acreditación de la aptitud y conocimiento del guarda de coto de caza en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La figura del guarda jurado aparece reconocida en al artículo 40.2 de la vigente Ley de Caza al establecer que las personas adscritas a la vigilancia de terrenos sometidos a régimen cinegético especial, que no formen parte de cuerpo oficial de guardería, deberán hallarse en posesión del título de guarda jurado.
Bien veamos miras la figura autonómica y su legalidad según la orden de 19 de noviembre de 1998 pone de manifiesto que la figura del guarda jurado aparece recocojida en la vigente ley de caza estatal , eso es totalmente falso ya que e Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre dice que Los apartados 2, 3 y 4 del artículo 44 del Reglamento de ejecución de la Ley de Caza, están derogados pero para Andalucía las leyes estatales son basura y crea un cuerpo de guardería ilegal , pero la junta sigue sacando dinero de los tontos Andaluces y los Andaluces que en realidad tienen que trabar en Andalucía los manda fuera es decir a los toda la vida llevan trabajando en los coto de caza que son los guardas particular del campo , pero la Junta de Andalucía no crea empleo lo destruye ya que esta echando a los profesionales de la seguridad , a la junta de Andalucía no le importa los Andaluces sino el dinero que genera las federación ya que la encargada de dar los cursos de guardas y de los cazadores , los cazadores Andaluces se encuentran también estafados por la junta de Andalucía ya que pagan una licencia de caza sin terrenos para caza ya que la ley autonómica les prohíbe caza en terrenos libres , pero la federación Andaluza se calla claro ella da los cursos de guardas y las licencias de caza y no le dice a la Junta de Andalucía oye los cazadores no tienen que parar la licencia de caza ya que no tienen terrenos para cazar , por la caza es para quien la pagan , cuando un coto paga la caza el cazador se la paga al cono la caza por que ustedes cobran la caza por dos veces la caza , cuando la Junta de Andalucía tenga terrenos libres o comunes que los cazadores paguen un cano para cazar , un ejemplo yo tengo coche es normas que pague un impuesto de circulación pero si no tengo coche por que tengo que pagar el impuesto de circulación , la junta estafa y los Andaluces nos callamos hasta ahora el PSOE es para los pobres yo quiero ser político y sangras a los Andaluces , la Junta de Andalucía sigue con sus ilegalidades creando la figura del guarda de coto de caza , claro cuando los guardas la federación española de seguridad unión general de trabadores y e t c denuncia la Junta por el intrusismo la Junta no paga las denuncias las pagamos los Andaluces así que la junta de Andalucía dice denunciar vosotros de todas las maneras pagáis vosotros este es el gobierno autonómico de Andalucía , no quiere extenderme mas vosotros tenéis la ultima decisión para la próximas elecciones , somos tontos los Andaluces
Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Alcance de la derogación normativa.
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto así como en el Reglamento que por el mismo se aprueba y especialmente:
a. El Real Decreto 880/1981, de 8 de mayo, sobre prestación privada de servicios de seguridad.
b. El Real Decreto 629/1978, de 10 de marzo, por el que se regula la función de los vigilantes jurados de seguridad, modificado por Real Decreto 738/1983, de 23 de febrero.
c. El Real Decreto 760/1983, de 30 de marzo, por el que se regula el nombramiento y ejercicio de las funciones de los guardas jurados de explosivos.
d. El Real Decreto de 8 de noviembre de 1849, por el que se reglamentan, entre otros, los nombramientos y funciones de los guardas particulares del campo.
e.
f. Los apartados 2, 3 y 4 del artículo 44 del Reglamento de ejecución de la Ley de Caza, aprobado por Decreto 506/1971, de 25 de marzo.
g.
h. El Decreto 1583/1974, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de guardapescas jurados marítimos de establecimientos de acuicultura.
i. El Real Decreto 1338/1984, de 4 de julio, sobre Medidas de Seguridad en entidades y establecimientos públicos y privados.
j. La Orden del Ministerio del Interior, de 20 de enero de 1981, por la que se regula la profesión de
REAL DECRETO-LEY 8/2007, de 14 de septiembre, por el que se modifican determinados artículos de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada Artículo 1. 1. Esta ley tiene por objeto regular la prestación por personas, físicas o jurídicas privadas, de servicios de vigilancia y seguridad de personas o bienes, que tendrán la consideración de actividades complementarias
Y subordinadas respecto a las de seguridad pública.
2. A los efectos de esta ley, únicamente pueden realizar actividades de seguridad privada y prestar servicios de esta naturaleza las empresas de seguridad y el personal de seguridad privada, que estará integrado por los vigilantes de seguridad, los vigilantes
De explosivos, los jefes de seguridad, los directores de seguridad, los escoltas privados, los guardas particulares del campo, los guardas de caza, los guardapescas marítimos y los detectives privados

Reglamento de Seguridad Privada, modificado por el Real Decreto 1123/2001, cuyo literal se pronuncia como sigue: “Los guardas particulares del campo en sus distintas modalidades ejercerán las funciones de vigilancia y protección de la propiedad:
En las fincas rústicas.
En las fincas de caza, en cuanto a los distintos aspectos del régimen cinegético.
En los establecimientos de acuicultura y zonas marítimas protegidas con fines pesqueros.”

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: GUARDERÍO RURAL Y MARÍTIMO
Familia Profesional: Seguridad y Medio Ambiente
Nivel: 2
Código: SEA130_2
Competencia general: Vigilar y proteger la propiedad de bienes y derechos en el medio rural y marítimo, evitando la comisión de actos delictivos o infracciones y haciendo cumplir la normativa vigente. Unidades de competencia:
UC0405_2: Evitar la comisión de daños en las fincas rústicas y en el medio ambiente.
UC0406_2: Vigilar y hacer cumplir la reglamentación de caza y la conservación de las especies.
UC0407_2: Vigilar y hacer cumplir la reglamentación de pesca, la conservación de espacios acuícola y de especies piscícolas, así como, la protección de los establecimientos industriales y/o comerciales de acuicultura. Entorno profesional: Ámbito profesional: Desarrolla su actividad en el medio rural y marítimo, vigilando y protegiendo bienes y derechos, encuadrado o no en Empresas de Seguridad. Sectores productivos: Fincas rústicas, explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales con terrenos propios. Cotos de caza, establecimientos pesqueros en zonas marítimo-costeras, acuíferos y zonas de cotos de pesca, establecimientos recreativos rurales y espacios acotados para exhibición de especies. Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes: Guarda particular del campo. Guarda de caza. Guardapesca marítimo

Bien leído todo esto y creo que la junta de Andalucía como la federación Andaluza de caza son como ustedes opinen , la federación Andaluza de caza y la junta de Andalucía ponían de manifiesto que el guarda de campo así como sus especialidades no eran la figura idónea para los cotos de Andalucía esos los juzguen los lean esto , bien la federación Andaluza de caza presta servios de seguridad en cotos de caza , esta federación cree ser una empresa de seguridad que tienen guardas particular del campo para prestar servicios de seguridad a sus clientes es decir en los cotos federados o no federaos esto si que tiene narices , lo mejor de estos guardas es que parecen el seprona ,cuando el guarda particular del campo como uniforme oficias es el marrón , bien la federación a pedido a la junta de Andalucía un uniforme para los guardas de coto de caza para lo que trabajan para la federación que hoy cuenta con un numero inferior a cero de guardas , pero la federación cuenta en sus archivos con o mas claro la federación imparte los cursos de guardas de coto de caza y entonces tiene o mas pero en papel pero en servios ya que contrata guardas particular del campo como una empresa de seguridad sin se empresa de seguridad solo una federación de cazadores sin animo de lucro

4 Octubre 2009 | 12:13 AM

Alize

Alize dijo

Holaa, me acabo de sacar lo de vigilante de coto.y quisiera saber cuantas mujeres q lo tienen trabajan como tal, de las que estas en foro.
Es por saber la esperanza de encontrar curro de vigilante
un saludo

14 Octubre 2009 | 12:07 AM

Pablo Fernandez

Pablo Fernandez dijo

Joder Asturiano, tus palabras no pueden ofenderme -compañero- por son cercanas y certeras, pero coicidiras que por nosotros mismod o por lo que representamos poco vamos a avanzar pues todo el mundo quiere ponernos la pierna encima, si ni siquiera apoyamos en lo mucho o lo poco, aun solo dando animo a nuestras asociaciones, cuentame lo que nos espera.

Sobre la guerra de estas, pues que yo sepa hay una mesa de dialogo donde se sientan doce o trece, que lleva toda la vida y hay unos nuevos que han basado su estrategia en hacer polemica...

Alize, bonita por favor no me taches de machista por que creo que es una apreciciacion muy ajustada, Guardas Particulares de Campo aun hay alguna muy poquitas pero yo alguna conozco, ahora por esas tierras es mas facil que busquen el guarda pal campo tol dia y su mujer para fregar la casa del señorito, asi que solo te queda una BUSCATE UN MARIDO QUE FRIEGE BIEN ;-)

24 Octubre 2009 | 06:13 PM

Alize

Alize dijo

Bueno Pablo pues muchas gracias, empezare antes a buscarme un novio que friege bien antes de buscar trabajo.
Ya veo que las expectativas son minimas.un salu2

24 Octubre 2009 | 07:59 PM

ricardo

ricardo dijo

Me gustaría saber si sigue siendo necesario darte de alta como guarda en un tiempo no superior a dos años, porque de no ser así te retiran el carnet de guarda para siempre.Teniendo que ser necesario presentarse de nuevo al examen.Muchas gracias.

12 Noviembre 2009 | 12:17 PM

manu

manu dijo

el intrusismo acabara con esta profesion,o mejor dicho acabara con los profesionales de este oficio.
dejemos claro que no es lo mismo ser guarda de coto que guarda particular del campo.el primero es una figura autonomica que han sacado no sabemos muy bien a santo de que , puesto que en las especialidades del guarda de campo existe la especialidad de caza. la unica intencion de sacarse de la manga la figura del guarda de coto es simplemente tirar por los suelos los sueldos, ademas de desvirtuar una figura a nivel nacional como es el guarda de campo.
estos guardas de cotos asumen competencias que no tienen y desde aqui animo a denunciar esos incumplimientos.

28 Diciembre 2009 | 11:14 AM

Chema

Chema dijo

¿Alguien dispone de algún test que verse sobre las pruebas de vigilante de coto privado de caza?, seguro que nos sería de gran alluda a todos los que nos queremos presentar.
Saludos y suerte con el examen.

25 Enero 2010 | 03:40 PM

Ángel M Cuenca

Ángel M Cuenca dijo

Hola otra vez.

Al final me fui a Almazán a sacarme la habilitación para Guarda Particular de Campo. y la verdad, merece la pierna. La gente estupenda y el trato fantástico. Un abrazo a todos.

Aver si juntos conseguimos que este trabajo salga para adelante.

Tambien puedo decir, que el ejercicio de la caza debe estar bien gestionado, y si no se pone fin al furtiveo de una manera rápida aplicando la ley por medio de los Guardas, que son los que de verdad se patean el monte día a día y son los que se implican directamente con los cazadores se convertirá, si no se ha convertido ya, en un juego de asesinos y mafiosos.

Tened en cuenta, que nos jugamos los cuartos con personas armadas, con conocimientos de la zona, con recursos avanzados de localización, visores nocturnos, silenciadores, etc, que puede constituir una gran amenaza.

Amigos, si queremos que nuestros montes y recursos natureles lleven buen camino...habrá que tomarse este tema en serio.

Un saludo en especial al Guarderío

27 Enero 2010 | 01:47 PM

juan

juan dijo

Hola soy guarda de campo y caza titulado por el ministerio del interior .
los vijilantes de caza ,no tienen la misma portesta que nosotros que pedemos, trabajar en todo el territorio español, lo que pasa es que el vijilante de caza solo puede trabajar en su comunidad.
Y no hace la labor del guarda de campo y caza, por que esta limitado, con sus poderes,es decir que no puede llevar armas ni defensa ni deve ostentear los emblemas de los gurda de campo como los llevan puestos ni puede llebar el uniforme que llevan

22 Febrero 2010 | 09:47 PM

SEERGIO

SEERGIO dijo

Me gustaría saber dónde puedo conseguir el temario para ser guarda de campo, ¿puede alguien mandarme algo? gracias.

5 Marzo 2010 | 01:27 PM

Verónica

Verónica dijo

Alguien ha conseguido el temario? Dónde lo habéis sacado?

10 Marzo 2010 | 12:53 PM

jesus

jesus dijo

alguien sabe cuando es el proximo examen y donde podria encontrar el temario?Muchas gracias. Un saludo

15 Abril 2010 | 02:16 PM

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