Anteproyecto de Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

A finales de año el Ministerio de Medio Ambiente presento el borrador de la nueva ley de Biodiversidad. También se presentaron los Anteproyectos de Ley de Atmósfera y la ley de Responsabilidad Ambiental.
La nueva Ley de Biodiversidad tiene como objetivo fundamental la actualización del marco normativo de acuerdo con las exigencias europeas e internacionales en materia de biodiversidad, así como la pervivencia, calidad y sostenibilidad ambiental de los Parques Nacionales y del resto de los recursos naturales españoles.
Esta nueva ley impedirá talar o dañar los ejemplares de árboles de más edad y tamaño hasta ahora desamparados. Para paliar esta situación, esta ley crea el “catálogo nacional de árboles singulares” a proposición de las Comunidades autónomas, a estos árboles no se les podrá infligir ningún tipo de daño, ni se podrá alterar su entorno inmediato, ni llevar a cabo podas o tratamientos fitosanitarios sin autorización. Los propietarios de estos árboles, sea un particular o un ayuntamiento, recibirán una subvención económica si el árbol necesita tareas de mantenimiento o mejora.
También señala el papel activo de la Administración General del Estado en la vigilancia, control y ayuda al cumplimiento de los objetivos de mejora de la calidad y preservación del patrimonio natural y de la biodiversidad española. Según el borrador, la gestión de los Parques Nacionales corresponde a las Comunidades Autónomas en cuyo territorio estén situados y, en el caso de Parques Nacionales que extiendan su territorio en más de una Comunidad Autónoma, se establecerán las fórmulas de colaboración para la gestión.
Se mantiene en la nueva propuesta que la declaración de un Parque Nacional se hará por ley de las Cortes Generales y que son las Comunidades Autónomas las que propondrán al Estado su creación, previo acuerdo favorable de la Asamblea Legislativa.
En este aspecto se detallan las características ecológicas y condiciones exigibles para la declaración de un Parque Nacional, que recordamos ya aparecían en la ley 4/89.
Otro de los aspectos destacables es la organización del Inventario Nacional del Patrimonio Natural de la Biodiversidad con el fin de conocer el patrimonio natural y el estado de conservación de la biodiversidad española, las causas que determinan sus cambios y las medidas que se pueden adoptar para su gestión y preservación. El Inventario, que será permanentemente actualizado, incluirá elementos como: la estadística forestal, el inventario de humedales, la Red Natura 2000, la Red de Parques Nacionales y el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.






jose dijo
No estoy de acuerdo con el art.112,prohibicion de caza de aves en tiempo de celo.-
9 Marzo 2006 | 01:17 AM