Categoría: Oposiciones
23 Junio 2011

El ciclo formativo de grado superior de Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos (GORNP), desaparecerá en el curso académico 2013-2014, para dar paso a dos nuevos ciclos formativos de grado superior. Uno con perfil claramente forestal (Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural) y otro con un perfil más enfocado a la jardinería y al paisajístico (Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural).

La disgregación del anterior ciclo GORNP en estos dos nuevos ciclos, permitirá a los alumnos perfilarse más en el mundo forestal (aquellos que elijan cursar Gestión Forestal y del Medio Natural) o en la jardinería y el paisajismo (aquellos que elijan cursar Paisajismo y Medio Rural).
En febrero de 2011 quedó derogado el Real Decreto 1256/1997, de 24 de julio, por el que se establecía el currículo del ciclo formativo de grado superior de Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos (GORNP). El 9 de junio de 2011 han visto la luz, las ordenes que regulan los currículos de sus sucesores, los ciclos formativos de grado superior de Gestión Forestal y del Medio Natural y Paisajismo y Medio Rural.

Como novedades destacables con respecto a su antecesor, estos nuevos ciclos formativos incorporan en su currículo formación en lengua inglesa, mediante la impartición de algunos de sus módulos de forma bilingüe.
El ciclo formativo de Gestión Forestal y del Medio Natural, integra materias que quedaban algo escuetas en su antecesor, como fitopatología, incendios forestales, viveros forestales, topografía…sin lugar a dudas el plan de estudios recuerda a la antigua formación de Capataz Forestal. Los módulos relacionados con la jardinería y el paisajismo recuperan importancia en el nuevo ciclo de Paisajismo y Medio Rural.

El título de Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos tendrá los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural.

En el próximo curso 2012-2013 se implantará el primer curso de los nuevos ciclos formativos y dejará de impartirse el primer curso de Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos. En el curso 2013-2014 se implantará el segundo curso de estos dos nuevos ciclos formativos y dejarán de impartirse las enseñanzas Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos.
Los módulos que componen estos nuevos ciclos formativos son:

MÓDULOS DEL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR DE GESTIÓN FORESTAL Y DEL MEDIO NATURAL
| Botánica agronómica |
| Defensa contra incendios forestales |
| Empresa e iniciativa emprendedora (Bilingüe) |
| Fitopatología |
| Formación en centros de trabajo |
| Formación y orientación laboral (Bilingüe) |
| Gestión cinegética |
| Gestión de la conservación del medio natural |
| Gestión de la pesca continental |
| Gestión de los aprovechamientos del medio forestal |
| Gestión de montes |
| Gestión y organización del vivero forestal |
| Maquinaria e instalaciones agroforestales |
| Proyecto de gestión forestal y conservación del medio |
| Técnicas de educación ambiental |
| Topografía agraria |

MÓDULOS DEL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR DE PAISAJISMO Y MEDIO RURAL
| Botánica agronómica |
| Conservación de jardines y céspedes deportivos |
| Diseño de jardines y restauración del paisaje |
| Empresa e iniciativa emprendedora |
| Fitopatología |
| Formación en centros de trabajo |
| Formación y orientación laboral |
| Gestión de cultivos |
| Gestión y organización del vivero |
| Maquinaria e instalaciones agroforestales |
| Planificación de cultivos |
| Proyecto de paisajismo y medio rural |
| Topografía agraria |
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17 Mayo 2009

La utilización de sustancias venenosas de forma intencionada para el control de predadores naturales y asilvestrados en el medio natural es una de las principales amenazas para la conservación y supervivencia de numerosas especies de fauna silvestre.

El incremento de animales muertos en el campo con signos evidentes de envenenamiento, provocó en el año 1994 una reacción coordinada, con la creación del Programa Antídoto, integrado por varias de las principales organizaciones ecologistas del país (Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife, FAPAS, WWF, SECEM, GREFA, Fundación para la Conservación de Buitre Negro, y Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos).

Desde el Programa Antídoto se han promovido todo tipo de acciones contra el veneno. El trabajo realizado desde entonces ha servido para que las Administraciones Públicas y los agentes sociales y económicos tomen conciencia del grave problema.

Gracias a ello se han adoptado diversas iniciativas para luchar contra el uso ilegal de venenos, entre las que destaca la Estrategia Nacional aprobada en 2004. Especial mención merece el intenso trabajo desarrollado por los Agentes Forestales y Medioambientales y el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA).
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN LEGAL EN CASO DE ENCONTRAR UN ANIMAL ENVENENADO O CON SOSPECHAS DE ENVENENAMIENTO
1.- AVISAR A LA AUTORIDAD JUDICIAL

Si encontramos un cadáver o cebo supuestamente envenenado:
- Avisar a la Autoridad Judicial (Agentes de Forestales / Medioambiente o SEPRONA) llamando al teléfono de emergencias 112. Además el Programa Antídoto dispone del TELEFONO GRATUITO S.O.S. VENENO 900 713 182 donde cualquier ciudadano puede denunciar los hechos siendo estos de inmediato transmitidos a los Agentes de la Autoridad para su inmediata actuación.

- No tocar ni tratar de mover el cadáver hasta que se persone la autoridad.

- Si se puede, es importante fotografiar la zona y el cadáver.

- Se deben prospectar las proximidades para averiguar si hay más cadáveres, incluso de animales domésticos, y cebos.
2.- LEVANTAR UN ACTA Y PRECINTAR EL CADÁVER
Una vez localizado el cadáver, los agentes levantarán un Acta o Atestado concretando todos los datos disponibles del caso como la fecha, hora, localización, testigos, hechos, etc.

El cadáver debe ser introducido en una doble bolsa y cerrado con un precinto.

La bolsa debe llevar una etiqueta perfectamente legible en la que se especifique:
- Identificación del contenido: especie, edad, etc. y si el ejemplar presenta alguna marca o distintivo.
- Localización del sitio de muestreo.
- Detalles del punto de muestreo.
- Fecha y hora de la recogida.
- Nombre de los agentes que recogen las muestras.
- Número de atestado o de protocolo.
- Número de muestras.
Todos estos datos, así como las personas presentes y sus firmas, deben quedar reflejados en el Acta.

Se debe garantizar la correcta conservación de las muestras.
Si se trata de un cadáver esqueletizado (antiguo), deberá recogerse debajo del mismo una muestra de tierra, llegando hasta una profundidad de 15 cms.

Si se trata de cebos, deben ser introducidos, previa envoltura en papel aluminio, en envases de plástico de boca ancha, con tapón de rosca de fácil abertura y cierre (se pueden adquirir en farmacias). Igualmente deben ir precintados y etiquetados.

Se recomienda congelar inmediatamente tanto los cebos como los cadáveres y enviar urgentemente para la realización de un informe pericial y análisis toxicológico.
3.- INFORME PERICIAL Y ANÁLISIS

El cadáver o las muestras se someten a un examen pericial. En el caso de cadáveres de especies protegidas puede realizarse, por personal cualificado, en un centro de recuperación o por personal adscrito a la administración. Para ello, es necesaria un acta de cesión de las muestras / cadáveres con todos los datos que figuran en la etiqueta.

En caso de un cadáver, se debe realizar la necropsia. Las muestras que se obtienen, tanto para la datación del cadáver como para histopatología y toxicología (para determinar la fecha de la muerte, demostrar que murió envenenado, el tóxico que causó la muerte y cómo murió el animal) deben conservarse por triplicado.
1.- Una muestra se utiliza para el análisis del informe pericial para determinar si hay indicio de delito.

2.- Una segunda muestra se conserva para el contraanálisis o análisis dirimente en caso de juicio (solicitado por la defensa).

3.- Una tercera muestra se conserva de reserva.
Las dos últimas muestras deben conservarse precintadas y debidamente etiquetadas. La custodia de las muestras puede realizarla el perito o el centro donde se han realizado los análisis y estudios.

El informe pericial debe mencionar el origen de la muestras y quién las ha remitido.
4.- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE
Con los resultados del examen pericial se procede o no a tramitar el expediente.
Se pone la denuncia que pasa de oficio al Juzgado de Guardia. Una vez puesta la denuncia, el expediente se tramita por vía Administrativa.

El agente puede tramitar el expediente si los hechos son constitutivos de delito. Para ello hará falta un peritaje y unos análisis para determinar si hay indicios de delito. Hay dos vías a seguir (una vía invalida automáticamente la otra):
- Vía Judicial: demostrada la existenciaa de indicios de delito (informe pericial o analítica), el agente pone la denuncia que pasa de oficio al Juzgado de Guardia.
- Vía Administrativa: una vez puesta la denuncia, el expediente se tramita por vía Administrativa.
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15 Octubre 2008
Repasando las categorías que agrupan los artículos de este blog, he podido comprobar que se hace necesaria la ampliación de las mismas. También he visto algunas categorías que inicié y que apenas tienen artículos, como la categoría “Supuestos Prácticos”, así que es hora de desempolvar fotos. ¿Os animáis?.
Para este supuesto práctico viajaremos al norte la provincia de Guadalajara, una tierra muy rica y variada, aunque también desconocida, que pronto albergara un nuevo espacio natural protegido, el Parque Natural de la Sierra Norte. Las fotos de este supuesto práctico fueron tomadas la semana pasada. Responded en los comentarios de este post indicando el número de pregunta su respuesta. A medida que las vayáis acertando, actualizaré el post indicando el nick de la persona que fue la primera en dar la respuesta correcta. Las preguntas que más tardéis en contestar, entenderé que son las más difíciles, por lo que iré añadiendo pista. Atentos pues, para consultar la pista deberéis picar sobre el enlace.
Comenzamos el viaje:
Hacemos una parada en un espacio natural protegido para observar una especie botánica y una formación geológica excepcionales.

1.- Identifica esta singularidad botánica (Foto 1). David Camacho Terciado
2.- Identifica la roca que hay junto a la planta y que al meteorizarse forma el sustrato clave para que pueda crecer (Foto 1). Pista 1. Miguel Rey García


3.- Nombre o nombres de este espacio natural protegido (Fotos 1 a 3). David Camacho Terciado
Seguimos nuestra ruta por carretera y algo nos hace frenar. Ponemos las luces de emergencia para poner a salvo de otros vehículos a esta especie.


4.- Identifica este reptil (Fotos 4 y 5). David Camacho Terciado
Tras el pertinente permiso, accedemos a otro espacio natural protegido que cuenta con una formación vegetal relicta

5.- Identifica esta especie vegetal relicta (Foto 6). David Camacho Terciado
Paseando por este espacio natural encontramos las siguientes especies:

6.- Identifica esta especie pascícola (Foto 7). David Camacho Terciado

7.- Identifica esta especie vegetal (Foto 8). David Camacho Terciado

8.- Identifica esta especie vegetal (Foto 9). David Camacho Terciado

9.- Identifica esta especie vegetal (Foto 10). David Camacho Terciado

10.- Identifica esta especie vegetal (Foto 11). David Camacho Terciado

11.- Identifica los árboles en primer plano (Foto 12). Pista 1. Miguel Rey García

12.- Identifica esta especie vegetal (Foto 13). David Camacho Terciado

13.- Identifica el daño y patógeno causante (Foto 14). Juan Luis.

14.- Identifica esta especie piscícola (Foto 15). David Camacho Terciado
15.- Identifica este espacio natural protegido (Fotos 6 a 15). David Camacho Terciado
Salimos de este espacio natural protegido y en pleno casco urbano nos sorprende pescando esta bella ave.

16.- Identifica esta ave (Foto 16). David Camacho Terciado
Un breve alto en el camino para observar las plantaciones que realicé en 1998, hoy ya bosques. Se trata de una masa pluriclonal de chopos a más de 1400 metros de altura cuyo objetivo es investigar y estudiar nuevos clones para modificar y ampliar la lista de clones de chopo que componen el Catálogo Nacional de esta especie. Para solicitar la ayuda para la reforestación de tierras agrícolas, el dueño de la parcela hace entrega en la Delegación de Agricultura la documentación necesaria, entre la que se encuentra el certificado de procedencia de los clones plantados. Teniendo en cuenta que para recibir la ayuda, todos los clones plantados deben pertenecen al Catálogo Nacional indica:


17.- El nombre de los 5 clones de Populus x interamericana plantados en la parcela (Fotos 17 y 18). Pista 1 David Camacho Terciado
18.- Indica con que dos especies se obtiene el híbrido Populus x interamericana (Fotos 17 y 18). David Camacho Terciado
19.- Indica con que dos especies se obtiene el híbrido Populus x euramericana (Fotos 17 y 18). David Camacho Terciado

20.- Identifica la lesión y su causante en este ejemplar (Foto 19). David Camacho Terciado

21.- Identifica este mamífero encontrado en la chopera (Foto 20). David Camacho Terciado
En la iglesia románica nos saludan dos aves muy comunes:

22.- Identifica las dos especies de aves de la foto (Foto 21). David Camacho Terciado
Llegamos a Hiendelaencina, al que fuera uno de los distritos mineros más importantes y ricos de España y de Europa. Dándonos una vuelta por las proximidades de la mina encontramos este mineral.

23.- Identifica este mineral (Foto 22). Pista 1 David Camacho Terciado

24.- Indica que se extraía de estas minas (Foto 23). David Camacho Terciado
Pero rebuscando por el suelo además de rocas y minerales de interés encontramos estos agujeros.

25.- Indica quien los habita (Foto 24). David Camacho Terciado
La carretera nos acerca a otro espacio natural protegido por su notoria singularidad, belleza y rareza. Las acumulaciones de gran espesor de un tipo de roca han producido la obstrucción del agua del río formando una laguna.

26.- Identifica esta roca (Foto 25). David Camacho Terciado
En la laguna encontramos una muy alta diversidad de hábitat.

27.- Identifica estas dos aves (Foto 26). arsnatura

28.- Identifica esta ave (Foto 27). David Camacho Terciado

29.- Identifica el árbol (Foto 28). David Camacho Terciado

30.- Identifica esta especie botánica (Foto 29). David Camacho Terciado


Las lluvias erosionaron estas formaciones, dejando montículos coronados por un sombrero de roca dura. Sin este remate esta singular formación se desmoronaría.

31.- Identifica el tipo formación geológica (Foto 32). Pista 1 David Camacho Terciado
32.- Identifica este espacio natural (Fotos 25 a 32). David Camacho Terciado
Por último, os dejo la gráfica de las personas que han desvelado las preguntas de este visu. No aparecen reflejadas el total de respuestas acertadas por cada participante, si no el porcentaje de visu que han desvelado. Es de entender que el primero en participar siempre tiene ventaja y los últimos son los que suelen desvelar las preguntas más complicadas. Enhorabuena a todos.

Gracias a todos por vuestra participación.
PRÓXIMO SUPUESTO: Pirineos: Valle de Aran y Valle del Boi.
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15 Diciembre 2007

Os dejo este post en contestación a los numerosos correos electrónicos que me habéis enviado preguntándome sobre los Vigilantes de Coto Privado de Caza.
Son diversas las comunidades autónomas que por ley, orden o decreto han decidido crear esta figura, tal es el caso de La Rioja, Andalucía o Castilla-La Mancha. Esta decisión, es sin duda, una manera más de marear la perdiz, ya que existe una figura a nivel nacional capaz de responder a la necesidad de dotar a los cotos privados de caza de un servicio de vigilancia, los guardas particulares de campo, en la especialidad Guarda de Caza.
La Ley 2/1993, de Caza de Castilla-La Mancha, en su artículo 82.1 establece la obligación de los titulares de cotos privados de caza de disponer de un servicio de vigilancia para el coto, que puede ser individual o compartido, propio o prestado por empresas, de este modo los titulares de cotos de caza, pueden por tanto, optar por un servicio de vigilancia propio, individual o compartido.
Con el objeto de responder a la necesidad de dotar a los cotos privados de caza de un servicio de vigilancia adaptado a las necesidades reales que exige hoy la adecuada gestión cinegética, se creó en 1999 la figura del vigilante de coto privado de caza que tiene como misión asesorar y colaborar en la gestión de los recursos cinegéticos. Esta figura, que está contemplada en la Ley Regional de Caza, no debe confundirse con la del guarda particular del campo, prevista en la Ley Nacional de Seguridad Privada y cuya función es la de vigilancia y defensa de la propiedad.

Funciones y ámbito de actuación

El vigilante de coto privado de caza de Castilla-La Mancha, tiene como funciones concretas:
Vigilar y controlar las poblaciones de las especies cinegéticas.
Colaborar en la correcta aplicación del plan técnico de caza aprobado para el coto en el que preste sus servicios.
Controlar las especies que puedan ser perjudiciales para la agricultura y la ganadería.
Controlar las especies predadoras.
Colaborar en la elaboración del censo cinegético.
Poner en conocimiento de los agentes de la autoridad los hechos que supongan una posible infracción de la Ley regional de Caza.
El ámbito de actuación de los vigilantes está restringido al coto o cotos para los que presta su servicio. Cuando el servicio de vigilancia sea compartido entre cotos de distinta titularidad se requerirá un vigilante en plena dedicación para cada 10.000 hectáreas de superficie acotada; entre 10.000 y 20.000 hectáreas el equivalente a dos vigilantes; entre 20.000 y 30.000 hectáreas el equivalente a tres vigilantes, y así sucesivamente.
Al comienzo de su actividad, los Vigilantes de Coto Privado de Caza y los titulares del coto o cotos donde prestaren sus servicios, deberán comunicarlo a la Delegación Provincial donde hubieran obtenido su cualificación, al Ayuntamiento del término municipal donde se encuentre la mayor superficie del coto, y al puesto de la Guardia Civil que corresponda. Finalizado el tiempo de prestación del servicio, igualmente lo comunicarán en un plazo no superior a diez días.
Durante el desempeño de sus funciones, los Vigilantes de Coto Privado de Caza, portarán el documento acreditativo de su condición y los de la prestación de sus servicios en el coto o cotos para los que lo hiciera.

Ostentarán el distintivo acreditativo de su identidad colocado en el lado izquierdo a la altura del pecho de la prenda exterior, que se mostrará permanentemente.

Requisitos para ser vigilante de coto privado de caza en Castilla-La Mancha

Para acceder a la cualificación de vigilante de coto privado es obligatorio el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- No haber sido condenado por sentencia judicial firme por la comisión de algún delito de los previstos en los Capítulos III, IV y V del Título XVI, Libro II del Código Penal, salvo cancelación de antecedentes delictivos, ni haber sido sancionado por resolución administrativa firme por infracciones graves o muy graves a la legislación medioambiental o cinegética.
- No estar inhabilitado o incurso en causa de inhabilitación para el desempeño de empleo o cargo público o el ejercicio de la profesión u oficio.
- Tener capacidad psicofísica suficiente para el desempeño de sus funciones.
- Haber superado las pruebas de conocimientos específicos en materia cinegética, convocadas al efecto por la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Pruebas de conocimientos para acceder a la cualificación de vigilante de coto privado de caza en Castilla-La Mancha

Exime la obligación de superar las pruebas de conocimientos para acceder a la cualificación de vigilante de coto privado de caza de Castilla-La Mancha:
- La acreditación documental de estar en posesión del diploma de Guarda Particular de Campo.
- La acreditación documental, a través de certificados expedidos por la Administración competente en Castilla-La Mancha, de haber desempeñado sin interrupción durante los tres últimos años o de forma discontinua durante cinco años en el período comprendido entre el 4 de agosto de 1993 y el 16 de Julio de 1999, las funciones atribuidas a los Vigilantes de Caza, en reservas de caza, cotos de caza y zonas de caza controlada.

Las pruebas versaran sobre las siguientes materias:
1.- Especies cazables en Castilla-La Mancha:
1.1.- Definición y clasificación. Reconocimiento e identificación.
2.- Sanidad de la caza:
2.1.- Notificación de enfermedades.
2.2.- Adopción de medidas de emergencia.
2.3.- Inspección de los productos cinegéticos.
3.-Medidas de protección de las poblaciones cinegéticas:
3.1.- Prohibiciones de carácter general.
3.2.- Excepciones.
3.3.- Caza de aves acuáticas y especies migradoras.
3.4.- Moratorias y prohibiciones especiales.
4.- Censo de especies cinegéticas:
4.1.- Definición de censo.
4.2.- Formas de realización más comunes.
5.- Especies protegidas relacionadas con la actividad cinegética:
5.1.- Concepto de especie protegida.
5.2.- Reconocimiento de las especies protegidas relacionadas con la actividad cinegética.
5.3.- Interacción de la actividad cinegética con las especies amenazadas.
6.- Requisitos para cazar en Castilla-La Mancha:
6.1.- Documentación necesaria.
6.2.- Licencia de caza. Contenido. Validez. Expedición.
7.- Medios de caza:
7.1.- Tenencia y uso de medios de caza.
7.2.- Utilización y control de perros.
7.3.- Medios prohibidos con carácter general.
7.4.- Tenencia de hurones y aves de cetrería.
7.5.- Autorizaciones excepcionales. Condiciones de utilización de los medios autorizados.
8.- Modalidades de caza:
8.1.- De caza mayor.
8.2.- De caza menor.
8.3.- Requisitos para la práctica de las modalidades de caza.
9.- Clasificación de terrenos:
9.1.- Terrenos no cinegéticos. Concepto.
9.2.- Terrenos cinegéticos. Concepto.
9.3.- Terrenos cinegéticos de aprovechamiento común. Definición y ejercicio de la caza.
9.4.- Terrenos sometidos a régimen cinegético especial. Definición.
9.5.- Señalización de terrenos sometidos a régimen cinegético especial.
9.6.- Titularidad cinegética.
10.- Zonas de seguridad:
10.1.- Definición y clasificación.
10.2.- Límites.
10.3.- Señalización.
10.4.- Uso de armas de caza.
11.- Cotos privados de caza:
11.1.- Declaración.
11.2.- Superficies mínimas.
11.3.- Derechos de caza y obligaciones del titular.
11.4.- Causas de suspensión de la actividad cinegética y anulación de la condición de acotado.
11.5.- Cotos intensivos de caza. Concepto. Especies susceptibles de aprovechamiento intensivo.
11.6.- Terrenos enclavados.
12.- Plan Técnico de Caza:
12.1.- Concepto.
12.2.- Aplicación y desarrollo.
12.3.- Vigencia y revisión.
12.4.- Anulación.
13.- Orden de vedas:
13.1.- Concepto.
13.2.- Períodos hábiles de caza que se establecen con carácter general.
14.- Protección de cultivos:
14.1.- Limitaciones a la caza.
14.2.- Autorizaciones extraordinarias.
15.- Vigilancia de la actividad cinegética:
15.1.- Atribuciones generales.
15.2.- Vigilancia privada.
15.3.- Práctica de la caza por el servicio de vigilancia.
16.- Infracciones y sanciones:
16.1.- Infracciones muy graves. Sanciones.
16.2.- Infracciones graves. Sanciones.
16.3.- Infracciones leves. Sanciones.
17.- Disposiciones legales que regulan el ejercicio de la caza en Castilla-La Mancha.
Las pruebas son convocadas anualmente mediante resolución de la Dirección General de Medio Natural, que se publicará en enero de cada año en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las pruebas se llevarán a cabo el primer día laborable de los meses de marzo, junio, octubre y diciembre de cada año. La lista de aprobados se publica en el tablón de anuncios de las delegaciones provinciales de la Consejería de Medio Ambiente.

Obtención de la cualificación de Vigilante de Coto Privado de Caza de Castilla-La Mancha

La cualificación de Vigilante de Coto Privado de Caza se solicita en las delegaciones provinciales de la Consejería de Medio Ambiente y se expedirá en formato carné (10 x 6 cm ) por el Delegado Provincial de esta Consejería de la provincia donde el interesado presente su solicitud, que irá acompañada de los siguientes documentos:


Solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Agricultura y Medio Ambiente de la provincia donde el interesado presenta su solicitud.
Fotocopia y original para su compulsa del DNI.
Declaración jurada del interesado de cumplir los requisitos para desempeñar este cargo.
Informe médico de aptitudes psicofísicas, con fotografía, para la obtención o renovación de licencias, permisos y tarjetas de armas.
Una fotografía tamaño carné.
Las personas exentas de realizar las pruebas de conocimientos específicos aportarán fotocopia y original para su compulsa, del diploma de Guarda Particular de Campo o certificados expedidos por la Administración competente en Castilla-La Mancha, de haber desempeñado sin interrupción durante los tres últimos años o de forma discontinua durante cinco años en el período comprendido entre el 4 de agosto de 1993 y el 16 de Julio de 1999, las funciones atribuidas a los Vigilantes de Caza, en reservas de caza, cotos de caza y zonas de caza controlada.
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7 Abril 2007

Se han convocado pruebas de selección para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades (BOE núm. 79 de 02 de Marzo de 2007, páginas 14.397 a 14.403).
Los requisitos para poder presentarse a esta convocatoria son:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados partes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
b) Ser mayor de edad y no haber cumplido los cincuenta y cinco años.
c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria, de Formación Profesional de primer grado o de otros equivalentes o superiores.
d) Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de Guarda Particular del Campo sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas y reunir los requisitos necesarios para prestar servicios de seguridad privada, a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas, y para prestar servicios de seguridad privada.
e) Carecer de antecedentes penales.
f) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
g) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores a la solicitud por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.
h) No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
i) No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.
j) Poseer el diploma acreditativo de haber superado el curso correspondiente en un centro de formación de seguridad privada autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad.
El plazo de presentación de instancias finaliza el próximo 22 de Abril de 2007.
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10 Marzo 2007

Convocadas 28 plazas de Guardas Forestales para la Comunidad Foral de Navarra. De estas 28 plazas, 13 se convocan por turno libre, otras 13 por promoción interna y 2 para el turno de discapacitados. La titulación exigida para poder participar en las pruebas selectivas es la de Bachiller, Técnico Superior en
Formación Profesional o equivalente. La seleción de aspirantes se realizará
mediante concurso-oposición. El plazo de presentación de instancias finalizará el próximo 6 de Abril de 2007.
Ver convocatoria (PDF)
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8 Marzo 2007

Convocadas 28 plazas de Guardas del Medio Natural para el Principado de Asturias. De estas 28 plazas, 14 se convocan por turno libre y las otras 14 por promoción interna. La titulación exigida para poder participar en las pruebas selectivas es la de Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales Paisajísticos o equivalente. El plazo de presentación de instancias finalizará el próximo 26 de marzo de 2007.
Ver convocatoria (PDF)
Impreso de solicitud
Inscripción online
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4 Febrero 2007

Se ha convocado un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo de agentes de medio ambiente de la comunidad autónoma de las Islas Baleares. El destino de estas plazas son las islas de Menorca e Ibiza.
Ver convocatoria (pdf)
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